miércoles, 29 de julio de 2009

Decreto de creación de Alma Mater

Decreto de creación de la Misión Alma Máter

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Decreto Nº 6.650, mediante el cual se formaliza la creación de la Misión Alma Máter

Gaceta Oficial Nº 39.148 del 27 de marzo de 2009

Decreto Nº 6.650 24 de marzo de 2009

HUGO CHÁVEZ FRÍAS

Presidente de la República

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 2 y 24 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 131 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública y, conforme a la Disposición Transitoria Única ejusdem, en Consejo de Ministros,

CONSIDERANDO

Que las Misiones, como acciones de gobierno nacional, se constituyeron en un mecanismo extrainstitucional y expedite para ejecutar la política social, prioritarias como educación, salud, alimentación, trabajo y vivienda hacia la cancelación de la deuda social con la población venezolana, por décadas postergada y olvidada,

CONSIDERANDO

Que la formación integral, colectiva, de calidad, permanente, con un enfoque humanístico-social, es un factor indispensable para la transformación social, la consolidación de la soberanía nacional, la construcción de una sociedad mejor y el fortalecimiento del Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, lo que exige dar respuesta efectiva a la población históricamente excluida del sistema educativo y transformar el modelo existente,

CONSIDERANDO

Que el fortalecimiento del Estado, conlleva la necesidad de efectuar cambios en las estructuras publicas, con la finalidad de adaptarlas a la nueva realidad social y política del país, y maximizar la eficacia y la eficiencia de la Administración Pública, destruyendo las estructuras burocráticas y paquidérmicas que han caracterizado a las instituciones publicas, a los fines de lograr un acercamiento efectivo a la población y la satisfacción de sus necesidades fundamentales de manera oportuna,

CONSIDERANDO

Que el 31 de julio de 2008, entró en vigencia el Decreto N° 6.217, con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, incorporando como novedad legislativa la figura de las Misiones, para la ejecución de políticas públicas, en aras de atender la satisfacción de necesidades fundamentales y urgentes de la población, estableciendo entre sus, disposiciones transitorias que en el lapso de un año, la Administración Pública debe dictar los instrumentos normativos correspondientes, que permita adaptar su estructura, organización y funcionamiento a las previsiones en el contenidas,

CONSIDERANDO

Que la educación superior es un derecho fundamental, responsabilidad del Estado y un factor estratégico para el desarrollo humano integral soberano y sustentable de la Nación y un espacio para la cooperación y unidad de los pueblos, estrechamente vinculada con todas las líneas estratégicas del Proyecto Nacional Simón Bolívar,

CONSIDERANDO

Que una educación superior de alto nivel y la generación de conocimientos, ante los retos planteados, exige el esfuerzo en red de las instituciones de educación superior, de los organismos y entes del Estado y de las organizaciones sociales.

DECRETA

Artículo 1

Formalizar la creación

Se formaliza la creación de la Misión Alma Mater, con el propósito de impulsar la transformación de la educación superior y propulsar su articulación institucional y territorial, en función de las líneas estratégicas del Proyecto Nacional Simón Bolívar, garantizando el derecho de todas y todos a una educación superior de calidad.

La Misión Alma Mater se constituye como referencia de una nueva institucionalidad, caracterizada por la cooperación solidaria, cuyo eje es la generación, transformación y socialización de conocimiento pertinente a nuestras realidades y retos culturales, ambientales, políticos, económicos y sociales.

La Misión Alma Mater y la Misión Sucre son un todo articulado para favorecer el enraizamiento de la educación superior en todo el territorio nacional, comprometido con el desarrollo humano integral basado en las comunidades.

Artículo 2

Objetivos

La Misión Alma Mater tiene como objetivo generar un nuevo tejido institucional de la Educación Superior venezolana, dirigido a:

a. Desarrollar y transformar la Educación Superior en función del fortalecimiento del poder popular y la construcción de una sociedad socialista.

b. Garantizar la participación de todas y todos en la generación, transformación y difusión del conocimiento.

c. Reivindicar el carácter humanista de la educación universitaria como espado de realización y construcción de los seres humanos en su plenitud, en reconocimiento de su cultura, su ambiente, su pertenencia a la humanidad y su capacidad para la creación de lo nuevo y la transformación de lo existente.

d. Fortalecer un nuevo modelo académico comprometido con la inclusión y la transformación social.

e. Vincular los procesos de formación, investigación y desarrollo tecnológico con los proyectos estratégicos de la Nación dirigidos a la soberanía política, tecnológica, económica, social y cultural.

f. Arraigar la educación superior en todo el territorio nacional, en estrecho vincula con las comunidades.

g. Propulsar la articulación del sistema de educación superior venezolano, bajo principios de cooperación solidaria

h. Apuntalar los compromisos, la cooperación efectiva y la articulación de la educación universitaria con los otros niveles educativos.

i. Potenciar la educación superior como espacio de unidad latinoamericana y caribeña y de solidaridad y cooperación con los pueblos del mundo.

Artículo 3

Alcances

La Misión Alma Mater comprende:

a. La creación de Universidades Experimentales, teniendo como génesis académica y administrativa Institutos y Colegios Universitarios Oficiales.

b. La participación protagónica de las comunidades.

c. La creación de Universidades Territoriales.

d. La creación de Universidades Especializadas.

e. La creación de Institutos Especializados de Educación Superior.

f. La creación de la Universidad Bolivariana de los Trabajadores.

g. La creación de la Universidad Nacional Experimental de los Pueblos del Sur.

h. El fortalecimiento de la cobertura territorial de la Educación Universitaria a través de los Complejos Universitarios SocialistasAlma Mater (CUSAM).

Artículo 4

Red Nacional Universitaria

Las instituciones de educación superior creadas en el marco de la Misión Alma Mater, conformaran una Red Nacional Universitaria, con la finalidad de garantizar la articulación y cooperación solidaria entre instituciones de educación superior para fortalecer su acción institucional de formación y creación intelectual, en estrecha vinculación con las necesidades sociales, que permita alcanzar los objetivos del Proyecto Nacional Simón Bolívar, sin perjuicio de que otras instituciones de educación superior puedan Incorporarse.

La Red Universitaria Alma Mater tendrá como objetivos generales:

a. Consolidar comunidades de conocimiento y aprendizaje, dirigidas a la generación, transformación y apropiación social de conocimiento en beneficio de la Nación y de las comunidades que la integran.

b. Garantizar la articulación institucional para el desarrollo de programas de formación, creación intelectual y vinculación social compartidos, el intercambio de saberes y experiencias, la movilidad de estudiantes, profesores y profesoras, así como el uso y desarrollo de recursos educativos, bases de información e infraestructura que puedan ser aprovechados por distintas instituciones.

c. Coordinar esfuerzos con otras instituciones educativas, organismos del Estado, empresas y organizaciones del Poder Popular, para garantizar que la educación superior sea un factor estratégico para la soberanía nacional, el desarrollo humano, integral y sustentable y la unidad de los pueblos, fundada en la afirmación de los principios de igualdad, justicia, solidaridad y libertad.

d. Generar modelos de gestión alternativos, basados en una cultura de trabajo compartido, bajo los principios de la cooperación solidaria y la complementariedad.

Artículo 5

Órgano Ejecutor

El Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior estará encargado de la dirección y ejecución de la Misión Alma Mater. La Ministra o Ministro del Poder Popular para la Educación Superior y las viceministras o viceministros de ese Despacho conformarán el nivel directivo encargado de dirigir la ejecución de la Misión Alma Mater.

Artículo 6

Formas de financiamiento

El financiamiento para la ejecución de la Misión Alma Mater provendrá de los fondos previstos en el presupuesto del Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior, así como de otras fuentes de financiamiento, ordinarias o extraordinarias, que establezca el Ejecutivo Nacional.

Artículo 7

Compromiso de los organismos del Estado

Todos los órganos y entes del Estado deberán cooperar solidariamente en el cumplimiento de los objetivos de la Misión AlmaMater, dentro del ámbito de su competencia.

Los órganos y entes del Estado vinculados al área de conocimiento en cada Programa Nacional de Formación, designarán representantes ante los comités interinstitucionales y tendrán una participación activa en su diseño y desarrollo. Asimismo, garantizarán condiciones para el uso educativo de sus instalaciones y el desarrollo de proyectos que contribuyan a la soberanía científico-tecnológica, la generación y apropiación social de conocimiento, para la conformación de un parque educativo y tecnológico nacional.

Artículo 8

Ejecución

La Ministra o Ministro del Poder Popular para la Educación Superior queda encargada o encargado de la ejecución del presente Decreto.

Artículo 9

Vigencia

El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dada en Caracas, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil nueve. Años 198° de la Independencia, 150° de la Federación y 11° de la Revolución Bolivariana. Ejecútese

(L.S.)

HUGO CHÁVEZ FRÍAS

Refrendado

El Vicepresidente Ejecutivo, RAMÓN ALONZO CARRIZÁLEZ RENGIFO

El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia, LUIS RAMÓN REYES REYES

El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, TARECK EL AISSAMI

El Ministro del Poder Popular para Relaciones Exteriores, NICOLÁS MADURO MOROS

El Ministro del Poder Popular para Economía y Finanzas, ALÍ RODRÍGUEZ ARAQUE

El Encargado del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, RAMÓN ALONZO CARRIZÁLEZ RENGIFO

El Ministro del Poder Popular para el Comercio, EDUARDO SAMAN

El Ministro del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería, RODOLFO EDUARDO SANZ

El Ministro del Poder Popular para el Turismo, PEDRO MOREJÓN CARRILLO

El Ministro del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, ELÍAS JAUA MILANO

El Ministro del Poder Popular para la Educación Superior, LUIS ACUÑA CEDEÑO

El Ministro del Poder Popular para la Educación, HÉCTOR NAVARRO

El Ministro del Poder Popular para la Salud y Protección Social, JESÚS MARÍA MANTILLA OLIVEROS

La Ministra del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, MARÍA CRISTINA IGLESIAS

El Ministro del Poder Popular para Las Obras Públicas y Vivienda, DIOSDADO CABELLO RONDÓN

La Encargada del Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo, MARÍA GABRIELA GONZÁLEZ

La Ministra del Poder Popular para el Ambiente, YUVIRÍ ORTEGA LOVERA

El Ministro del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo, JORGE GIORDANI

La Ministra del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias, NURIS ORIHUELA GUEVARA

El Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información, JESSE CHACÓN ESCAMILLO

La Ministra del Poder Popular para las Comunas, ÉRIKA DEL VALLE FARÍAS PEÑA

El Ministro del Poder Popular para la Alimentación, FÉLIX RAMÓN OSORIO GUZMÁN

El Ministro del Poder Popular para la Cultura, HÉCTOR ENRIQUE SOTO CASTELLANOS

La Ministra del Poder Popular para el Deporte, VICTORIA MERCEDES MATA GARCÍA

La Ministra del Poder Popular para las Telecomunicaciones y la Informá ica, SOCORRO ELIZABETH HERNÁNDEZ

La Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas, NICIA MALDONADO MALDONADO

La Ministra de Estado para Asuntos de la Mujer, MARÍA LEÓN

lunes, 13 de julio de 2009

Recomiendo este blog

Recomiendo este blog que contribuye al debate socialista. Ira: http://ungranodemaiz.blogspot.com/

Evolución sobre la Carta Social de las Américas

Carta Social de las Américas , Por un nuevo orden social para América Latina y el Caribe
26-08-05

Dar respuestas y espacio para el debate y discusión participativa ha sido siempre la iniciativa de este texto legal, apoyado por el Diputado Filinto Duran Chuecos, Presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Deuda Social y Desarrollo Regional del Parlamento Latinoamericano.

ENTREVISTA a Filinto Durán : es una Carta Social que reivindica a los pueblos

Dar respuestas y espacio para el debate y discusión participativa ha sido siempre la iniciativa de este texto legal, apoyado por el Diputado Filinto Duran Chuecos, Presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Deuda Social y Desarrollo Regional del Parlamento Latinoamericano.

Para saber cuál es su propósito, de dónde nace y qué es la Carta Social el Diputado señaló lo siguiente:

¿Qué es la carta Social de las Américas?

“La Carta Social de las Américas es un instrumento jurídico de derecho social internacional que servirá para trazar directrices que ayuden, a América Latina, a formular conjuntamente políticas progresistas que ayuden a superar el flagelo de la pobreza, que afecta a millones de personas en el continente”.

¿Para qué se propone esta carta?

“La iniciativa nace para complementar el contenido de la Carta Democrática Interamericana, que se limita a salvaguardar los Derechos Humanos Civiles y Políticos como garantía del Estado de Derecho en el ámbito de la legitimidad y legalidad de los Gobiernos”.

¿Cuál es su propósito?

“Su propósito es establecer un carácter vinculante para los Estados Miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), respecto a los Derechos Humanos Sociales, Económicos y Culturales, como normas que deberán regir la orientación de las políticas públicas que permitan avanzar hacia el fortalecimiento de los derechos colectivos, la preservación de la interculturalidad, el rescate de los valores propios de nuestros Pueblos y al desarrollo de estrategias de desarrollo sustentable para lograr la paz social”.

A continuación se desglosa paso a paso la evolución y recorrido nacional e internacional de la carta para dar una visión completa sobre el tema.

La Carta Social de las Américas paso a paso

Octubre 2003

En el mes de octubre se realizó en Porlamar, isla de margarita la Reunión de Alto Nivel de Pobreza, Equidad e Inclusión Social donde los 34 países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) buscaron estrategias para garantizar la promoción de los derechos económicos sociales y culturales del continente americano.

Para esto se logró la Declaración final de Margarita fuese aprobada para contar con una carta social que se discutiría en la OEA durante su próxima reunión en el mes de julio del año 2004.

Diciembre 2003

Como único contrincante del Costarricense Miguel Ángel Rodriguez, el entonces ministro del Interior de Chile presentó formalmente ante la OEA su candidatura para las elecciones a la Secretaría General de este organismo multilateral.

Insulsa desde el primer momento dejó claro el apoyo total a la propuesta de Venezuela en la cual la Declaración de margarita para convertirse en un instrumento de mayor alcance jurídico que pudiera convertirse en la Carta Social de la Américas. “Me parece bien la existencia de ese tipo de documentos... ojala se fijen metas y propósitos claros para la lucha contra la pobreza y la corrupción” dijo.

Enero 2004

Venezuela propuso formalmente una Carta Social de las Américas durante las reuniones previas de la Cumbre Extraordinaria de las Américas, que se efectuó en Monterrey- México entre lunes 12 y martes 13 de enero, mientras se acentuaban las posiciones en contra de incluir en la declaración final alguna referencia al Acuerdo de Libre Comercio (ALCA), tal y como es la intención de Estados Unidos.

Junio 2004

Venezuela logró una importante victoria política y diplomática durante la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), celebrada en Quito, en vista de que luego de numerosos debates se aprobó la propuesta venezolana de contar con una Carta Social de las Américas, instrumento que tendría la misma jerarquía política que la Carta Democrática Interamericana.

Julio 2004

Con motivo del 193 aniversario de la firma del acta de la Independencia el Embajador Jorge Valero, Representante Permanente de la República Bolivariana de Venezuela ante la OEA, ofreció un discurso ante la Asamblea Nacional

Agosto 2004

El 1 de agosto se realizó en el salón Simón Bolívar de a Universidad Bolivariana de Venezuela el Primer Encuentro "Construyendo la Carta Social de las Américas, por los Derechos de los Pueblos". Maria Egilda Castellanos rectora de la casa de estudios, señaló que el proyecto de la Carta Social de las Américas se inscribe en la Agenda Bolivariana, como hito jurídico que marca una gran diferencia en la concepción política del desarrollo, de la democracia y de la historia del continente.

Septiembre 2004

Se celebró los 30 años de vida editorial de La Fundación Biblioteca Ayacucho en el Centro de Artes La Estancia, con el foro ¿Es posible la Integración Latinoamericana? en el cual participaron connotados intelectuales de la Región como de Heinz Dieterich (México), Gilberto Talahua (Ecuador), Jorge Valero (Venezuela) y el ministro de Estado para la Cultura, Farruco Sesto (Venezuela) y Filinto Durán como moderador.

El foro revisó las tendencias e iniciativas que se vislumbran dentro del proceso geopolítico regional, tales como la Carta Social de las Américas, la Alternativa Bolivariana, la lucha por los Derechos Humanos y el mundo multipolar, entre otros aspectos.

Octubre 2004

Bajo la proclama de “Democracia participativa”, se realizan jornadas de asambleas populares en toda Venezuela con el fin de recoger propuestas de cara a la formulación de la Carta Social de las Américas.

Igualmente se celebró un encuentro binacional entre el gobierno bolivariano de Venezuela y la República de México representados por sus cancilleres Jesús Arnaldo Pérez, y Luis Ernesto Derbez Bautista respectivamente.

Febrero 2005

Se instaló la IV Cumbre de la Deuda Social del Parlamento Latinoamericano donde asistieron más de 15 delegaciones provenientes de países de América, Europa, Asia y África. Como tema central discutieron la Carta Social de las Américas y las causas y efectos de los desastres naturales. Dicho evento resultó un documento denominado “Compromiso de Caracas” aprobado en el acto de clausura.

Antes del evento y en sesión extraordinaria el Canciller venezolana Jorge Valero intervino ante el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos desde Washington Posteriormente, anuncian que posiblemente la Carta Social de las Américas podría ser suscrita en junio del 2006.

Marzo 2005

La Viceministro de Relaciones Exteriores para América del Norte, María Pilar Hernández asistió a la 61° Comisión de los Derechos Humanos en Ginebra, Suiza donde además de referirse a los logros de Venezuela en materia de Derechos Humanos destacó en el aspecto social como un punto importante para la defensa de los derechos civiles y políticos.

Mayo 2005

Tanto el Canciller Alí Rodríguez Araque como el embajador Jorge Valero, expresan su satisfacción por la elección de José Miguel Insulza como Secretario General de la OEA, y resaltó la importancia de que se haya impuesto la votación consensuada entre los gobiernos de la región.

El 10 de mayo, Venezuela preside la comisión especial de la Organización de Estados Americanos (OEA) que impulsará el proyecto de la Carta Social de las Américas y su plan de acción, el cual presentó el país en abril de 2004.

Junio 2005

Se instala la XXXV Asamblea de la OEA en Fort Lauderdale, Estados Unidos donde el Proyecto de Carta Social de las Américas es uno de los 10 temas de un total de 94 items para discutir en el período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA. Luegodel discurso emitido por Alí Rodríguez Araque se conoció la aprobación de 8 de los temas demostrando la victoria de Venezuela en esta Asamblea.

IV Cumbre de la Deuda Social

¿Cumplió Venezuela con el objetivo planteado para la IV Cumbre de la Deuda Social?

"Con relación a los logros del evento, podemos considerar que han sido del 100%, en el sentido de que los objetivos trazados, que eran, entre otros, encuentros con sectores parlamentarios de Europa, de Asia, de África y América, con grupos sociales, organismos gubernamentales, se logró plenamente, así como la discusión de la carta y la generación de propuestas de acción".

¿Cuál fue el aspecto más relevante de las discusiones?

"Definitivamente que el núcleo central de la carta de los derechos sociales, que es nuestra propuesta de democracia participativa y protagónica, donde la posibilidad de realización de la democracia está en la medida en que se realicen y se cumplan con los derechos sociales, económicos y culturales de nuestros pueblos".

¿Ha tenido acogida la propuesta venezolana de Carta Social?

"Nuestra propuesta, presentada ante la Organización de Estado Americanos (OEA), ha adquirido mucha fuerza, no sólo en el país sino en América Latina. Ya tenemos conocimiento e informaciones de organizaciones sociales de otros países, que están trabajando en ella. La misma carta se ha convertido en una referencia para la Unión Europa, ya que algunos sectores consideran que, con la aprobación de la constitución comunitaria, la Europa social desaparece o ha desaparecido. Entonces creo que cuando se acoge esta propuesta, nacida en el proceso revolucionario, y se convierte en instrumento de lucha para muchos pueblos, hemos logrado el objetivo"

Los asistentes internacionales al evento ¿cómo recibieron la propuesta?

"Hemos encontrado, en quienes nos visitaron durante la IV Cumbre de la Deuda Social, coincidencias totales con la propuesta venezolana. Ahora, sabemos que a nivel de la OEA se mueven otros intereses de los países, recordemos que en la OEA están representados los gobiernos de los 34 países miembros y esos intereses se ponen en juego al momento de tomar decisiones".

Ruptura de un modelo

Además de la democracia participativa ¿Qué propone la carta?

"Es una propuesta que marca la ruptura de un modelo social y económico que ha estado presente en nuestros países, y no es otro que el modelo capitalista, liberal en sus inicios, neoliberal en la actualidad. La ruptura entonces es total, en cuanto proponemos pasar a un modelo democrático integral, que es aquel donde se garantizan tanto la igualdad de oportunidades como de condiciones".

Y además de Venezuela ¿dónde más se discutirá la carta?

"Hay iniciativas en Bolivia, con indígenas que quieren discutir la carta y es nuestro compromiso hacerlo. El Diputado Evo Morales lo solicitó recientemente. Así que está prevista una visita a ese país para discutir, con varias organizaciones sociales, el contenido de la propuesta venezolana. Eventos similares se desarrollarán en Costa Rica, Panamá, Argentina, Uruguay, Paraguay, Chile, Ecuador y del Caribe, es decir, nuestro compromiso no sólo fue presentar la carta sino contribuir a su discusión con los pueblos de América"

¿Pasará lo mismo en el país?

"Si. Vamos a realizar, nuevamente porque ya lo hicimos el año pasado, reuniones o talleres de trabajo de forma participativa con organizaciones sociales, movimientos populares, universidades y otros sectores, para seguir profundizando la Carta de los Derechos Sociales, que tiene como columna vertebral la concepción de democracia desarrollada desde el proceso revolucionario"

¿Cuál es la situación actual de la propuesta venezolana en la OEA?

"En estos momentos se debe estar designado la comisión. Siempre, para este tipo de propuestas, se designa una comisión que coordina la discusión con las 34 cancillerías de los países miembros, para posteriormente llevar la propuesta que tenga consenso a la Asamblea General de la OEA. Eso significaría que, indudablemente, la carta que hemos presentado sufrirá algunos cambios. Pero se abre una discusión que en la medida en que los pueblos asuman la carta y ejerzan presión, el documento final será lo menos mutilado posible".

¿Hay algunos lapsos establecidos para la discusión?

"Recordemos que la discusión de la Carta democrática Interamericana duró un año y se aprobó en una asamblea extraordinaria. Ese es más o meno el lapso para el debate. Los pueblos tendrían entonces un año para movilizarse en torno a la reconquista de sus derechos, secuestrados por el neoliberalismo. La intención es que los pueblos ejerzan presión sobre los estados y se apruebe la propuesta, que ya no es de Venezuela, sino de los pueblos del continente".

DIÁLOGO MINISTERIAL SOBRE LA CARTA SOCIAL DE LAS AMÉRICAS. CARACAS: 28 Y 29 DE AGOSTO

CARTA SOCIALDiálogo Ministerial sobre la Carta Social de las Américas

Ministros del continente discuten en Caracas la Carta Social de las Américas

El evento será instalado por el Presidente de la República, Hugo Chávez Frías. Asistirán todos los embajadores ante la OEA. Según Istúriz hay voluntad política en el continente para la aprobación de la Carta Social de las Américas

Este lunes se llevó a cabo un gabinete social en el que se discutieron los detalles de lo que será el “Diálogo Ministerial sobre la Carta Social de las Américas” a efectuarse este fin de semana próximo en Caracas.

El evento, que contará con la presencia del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, así como del secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, entre otras personalidades del continente, será instalado este domingo 28 de agosto, a las siete de la noche, en el Hotel Caracas Hilton.

Según informó el ministro de Educación y Deporte, y presidente del Gabinete Social venezolano, Aristóbulo Istúriz, al acto también asistirán los embajadores de los países que conforman la OEA. Con el mismo se pretende “abrir un diálogo, una conversación con nuestros homólogos del continente para recoger las propuestas y sugerencias que éstos tengan a bien hacer sobre la Carta Social propuesta por Venezuela. Esto con el finde enriquecer el documento presentado ante la OEA, que tiene como orientación y objetivo la inclusión y la universalización de los derechos”

Aseguró el ministro de la Cartera de Educación que dicho documento servirá también como papel de trabajo, para la Comisión encargada de dirigir las discusiones, la cual será presidida por Venezuela e instalada este 01 de septiembre en el seno del organismo continental.

Reiteró Istúriz, que la intención de este evento, previo a la instalación de la Comisión, ante la OEA, no es llegar a un documento definitivo, “se trata de crear un diálogo abierto y franco. No se va a elaborar un papel y cerrarlo allí, es apenas colocar un papel que recoja las opiniones y las propuestas de los distintos ministros del área social del continente, por eso el nombre de ´Diálogo Ministerial´”, dijo.

Recordó el ministro Istúriz que la Carta Social no es un estatuto porque no aplica sanciones a quien no cumpla con lo establecido en ésta, “la Carta Social significa el que la OEA, que hasta ahora se ha cargado de un gran contenido político, no ha atendido con la fuerza que debería el aspecto social y lo político, depende mucho de lo social”,

Istúriz citó el informe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sobre América Latina, en el que se asegura que el destino de la democracia en América Latina depende de la capacidad que tengan los gobiernos para dar respuesta a la enorme deuda social que mantienen con sus pueblos. “Es decir que la estabilidad política y la gobernabilidad dependen mucho de la capacidad que tengan nuestros gobiernos para dar respuesta a los problemas sociales, por lo tanto un organismo como la OEA, el cual tiene el deber de velar por el ejercicio de la democracia y que está preocupado por el ejercicio de la democracia en el continente, no puede fundamentarse sólo en lo político sino que tiene que atender lo socia, es por eso, que además de una Carta Democrática Interamericana, que es un documento político, nosotros creemos que la OEA debe tener un documento social y eso fue lo que llevó a Venezuela a plantear en el seno de la Organización de Estados Americanos, la necesidad de darle un instrumento social que equipare la Carta Democrática Interamericana en el terreno político, la Carta Social de las Américas” subrayó el ministro de Educación y Deporte.

Finalmente aseguró Istúriz que existe una gran voluntad política en el continente para la pronta aprobación de la Carta Social. “Ya todo el mundo está convencido, en la OEA, de la necesidad de un instrumento social. Ya se dio el debate en el seno de la Organización y se aprobó designar una Comisión, luego se dio otro paso designando la Comisión, posteriormente se dio una discusión para decidir quien presidiría la Comisión y luego cuando se instalaba la misma, y miren este jueves 01 se instala” puntualizó.www.EcoPortal.net

MCI/Joice Karina Quintero

Copiado desde: http://www.ecoportal.net/content/view/full/51241

Ruta oficial de cumbre oficial: http://www.cumbresocial.org.ve/antecedentes.html


miércoles, 1 de julio de 2009

Acá Declaración Universal de los Derechos Humanos

Declaración de los Derechos Humanos

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".

Enlaces útiles

PREÁMBULO

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1.

  • Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2.

  • Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
  • Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3.

  • Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4.

  • Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5.

  • Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6.

  • Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7.

  • Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8.

  • Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9.

  • Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10.

  • Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11.

  • 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
  • 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12.

  • Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13.

  • 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
  • 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14.

  • 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
  • 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15.

  • 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
  • 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16.

  • 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
  • 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
  • 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17.

  • 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
  • 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18.

  • Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19.

  • Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20.

  • 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
  • 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21.

  • 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
  • 2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
  • 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22.

  • Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23.

  • 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
  • 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
  • 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
  • 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24.

  • Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25.

  • 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
  • 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26.

  • 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
  • 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
  • 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27.

  • 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
  • 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28.

  • Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29.

  • 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
  • 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
  • 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30.

  • Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.